¡Seguinos!

Año XI - Edición 199 13 de septiembre de 2012

Buscar

Destino y avatares de la reforma de salud de Obama

  • Notas

Con la organización del Observatorio de Salud, el Seminario de Investigaciones en Derecho y Salud del Instituto Gioja y la Fundación de Estudios para la Salud y la Seguridad Social, el pasado 13 de agosto los Dres. Walter Carnota y Javier Regazzoni fueron invitados a disertar sobre la reforma de salud del presidente norteamericano Barack Obama.

En primer término, el Dr. Javier Regazzoni aseveró que “el sistema de salud norteamericano es una súper potencia en términos económicos”. Entendió al sistema de salud entonces como un arreglo de instrumentos sociales que toman recursos de diferentes formas y brindan directamente o indirectamente servicios de salud a la población. Así, explicó que convive un sistema formal dominante con otros y criticó que existe una mayor accesibilidad a la salud por parte de los grupos que menos lo necesitan. A su vez, aportó estudios de historias clínicas sobre la comparación entre los cuidados que deberían recibir y que efectivamente recibe. También comentó que con el aumento del gasto en salud, la expectativa de vida de los países aumenta. En tal sentido, se refirió a la innovación en salud, sin perder de vista el desafío del financiamiento.

Por otra parte, indicó que dentro de los objetivos principales detrás de la reforma, está el de contar con una población más sana. Finalmente, analizó la reforma en tres dimensiones: respecto a la cobertura, al financiamiento y al cambio en las prácticas.

A continuación, el Dr. Walter Carnota brindó un enfoque jurídico a partir de la judicialización de la reforma. Así, hizo referencia al razonamiento de la sentencia en la cual Roberts, presidente del Tribunal Supremo y de tendencia conservadora, se unió a los jueces progresistas para declarar constitucional la reforma sanitaria de Obama en un fallo con 5 votos a favor y 4 en contra, la cual que introduce la obligación para todo estadounidense de contratar un seguro médico privado so pena de multa. Observó entonces que el fallo viola la lógica general y la lógica jurídica en particular respecto al tercero excluido, es decir, que las cosas son o no son, no pueden ser y no ser a la vez. Así, explicó que de acuerdo a la sentencia el requisito de pagar una multa en caso de no tener seguro médico puede ser entendido razonablemente como un impuesto, vinculándolo con la Anti Injuction Act o Ley contra amparos. Manifestó también que la Corte objetó el aspecto de la ley referido a la expansión del sistema Medicaid que ofrece servicios de salud a las personas de bajos ingresos. Pero determinó que proceda la ampliación mientras el gobierno federal no amenace con retener toda la asignación de fondos por el Medicaid a los estados que no participen de la extensión comprendida en la legislación.

Además, hizo alusión a la cláusula de comercio porque el poder de obligar a todos los ciudadanos a contratar un seguro podría estar inmiscuyéndose en esta cláusula. Sin embargo, reconoció que en Estados Unidos, sirvió para la gran expansión, sobre todo en la época del New Deal del gobierno federal que se transformó, luego, en el Welfare State. Entre las críticas a la reforma, recordó que aumenta los costos del cuidado de la salud, recorta el programa 'Medicare' para ancianos y jubilados y socava la Constitución

El Dr. Javier Regazzoni aseveró que “el sistema de salud norteamericano es una súper potencia en términos económicos”.