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Año XIX - Edición 337 28 de mayo de 2020

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Derechos humanos y estado de excepción en la pandemia

  • Notas

El pasado 14 de mayo se realizó la jornada "Derechos humanos y estado de excepción en la pandemia". Organizó el Seminario de Investigadores/as del Instituto Gioja. 

En este marco, expusieron Cristina Isabel Jaramillo (Universidad de los Andes, Colombia) y Roberto Gargarella (UBA-Derecho / UTDT) y moderó Marcelo Alegre (director del Instituto Gioja).

Cristina Isabel Jaramillo explicó que “la Constitución colombiana prevé un control automático de las decisiones que toma el presidente en los estados de excepción. Este control existe desde los cuarenta porque también ese recurso de la excepcionalidad ha sido un recurso repetido para los presidentes en Colombia”. Y agregó que “una de las críticas más importantes a la institucionalidad antes de la transición democrática de los noventa era que si bien no había una dictadura militar había un presidencialismo exacerbado. Entonces, parte de la nueva narrativa constitucional es la importancia de limitar los poderes de excepción o emergencia”.

Seguidamente, expresó: “Creo que la situación en la que estamos actualmente reta los pilares que se habían construido sobre el control constitucional”. En este marco, especificó que uno de los retos se da porque “la decisión de aislamiento general es una orden que expidió el presidente usando lo que el mismo decreto llama poderes ordinarios de policía sanitaria, es decir, la situación se definió desde mediados de marzo como una emergencia sanitaria en la que la intervención debía ser de las autoridades administrativas, principalmente del Ministerio de Salud y secundariamente de la Presidencia pero todo dentro de una idea de poderes de policía ordinarios”. Y agregó: “Como se trata de poderes de policía ordinarios, la Presidencia no sometió a control constitucional su decisión de ordenar una cuarentena generalizada. Lo que sí ha sometido al control constitucional son las medidas económicas que se han adoptado”.

También planteó que desde el punto de vista constitucional el problema es: “Si esta decisión de policía está conectada íntimamente con la crisis económica y las formas particulares que adopta y, en ese sentido, la decisión que se va a tomar sobre la emergencia como una decisión separada de la cuarentena en general, va a empezar a producir unas fisuras en las que se van a volver invisibles algunas vulneraciones de derechos fundamentales, que solamente aparecen  cuando se ven combinadas la orden de aislamiento general y las decisiones administrativas de índole económica”.

A su turno, Roberto Gargarella reconoció: “Me causa perplejidad no ver una conmoción general dentro de la comunidad jurídica por lo que ocurre en términos de restricción de derechos constitucionales de modos que no son los constitucionalmente autorizados”. Y aclaró: “Tanto en Argentina como en Colombia las restricciones de derechos tienen que ser hechas, salvo en situaciones de estado de sitio, por la ley y el hecho de que nuestros presidentes pueden estar tomando decisiones importantes en materia de restricción de derechos sin consulta de nadie me parece que es asombroso”.

Luego analizó que “más allá de la cuestión de simpatias y antipatias políticas, me parece que hay una situación de base que es que no podemos vivir en un estado de sitio no declarado con todas las consecuencias propias de la limitación de derechos”.

Asimismo, puntualizó que “hacer posible que decisiones discrecionales se implementen y dificultad del modo que se nos dificulta la posibilidad de control habla sobre el estado de degradación de nuestras democracias”.

En esta línea, indicó que “no solo tenemos que llamar la atención y criticar la cuestión de la concentración de poderes porque hay lugar a abusos, sino que hay razones epistémicas: perdemos información central si no escuchamos a los que son más perjudicados por estas decisiones”.

Por otro lado, expuso que “este es el momento en la historia de las democracias occidentales en donde se habla de la erosión democrática, un fenómeno de concentración de poderes y desgaste de los poderes de control desde adentro (...). Esta situación, que se pone como la gran triste novedad de nuestro tiempo, en América Latina tiene doscientos años: convivimos con formas de desgastes desde adentro y desajustes de controles habitualmente y por eso tenemos que estar, a la luz de esta historia, especialmente alertas”.

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