¡Seguinos!

Año XVII - Edición 299 05 de abril de 2018

Buscar

Derecho penal y género. Un debate pendiente

  • Notas

En la Sala de Audiencias, el pasado 23 de marzo se llevó a cabo la actividad denominada “Derecho penal y género. Un debate pendiente”. La charla fue organizada por el Departamento de Derecho Penal y Criminología de Facultad y coordinada por Silvina Andrea Alonso. Del evento participaron la abogada especialista en Derecho Penal Cecilia Incardona, la profesora María Luisa Piqué yla profesora Cecilia Hopp.

Cecilia Incardona versó su exposición sobre la suspensión del juicio a prueba y el hecho de que esta medida puede ser considerada dentro la justicia restaurativa. “La actual legislación permite la aplicación de la suspensión del juicio a prueba a los casos de violencia contra la mujer en razón del género (…). Pero sin embargo existen algunos impedimentos para ello. Hay un proyecto de ley, que ya tiene media sanción en el Senado, que planea una modificación al artículo 76 bis del Código Penal y establece puntualmente que no va a proceder la suspensión del juicio a prueba cuando se trate de delitos contra la mujer y mediare violencia de género”, sostuvo.

La oradora presentó un estudio de las decisiones de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional nacional en relación con la aplicación de la suspensión del juicio a prueba. En ese sentido, planteó que analizar las distintas posiciones que tienen los jueces en cada uno de esos fallos, permiten reconstruir las corrientes doctrinales más importantes sobre este tema. “Se evidencia la necesidad urgente de erradicar patrones de conducta de nuestro sistema judicial que tiende a invisibilizar realmente los problemas reales que padecen y enfrentan las mujeres”, concluyó.

La intervención de María Luisa Piqué sefocalizó en el femicidio como tipo penal.Si bien el término tiene sus orígenes en la sociología y la antropología, “a partir de 2007, los distintos países de nuestra región empezaron a incluir el concepto en sus legislaciones, ya sean agravantes del homicidios o tipos penales autónomos, y en algunos casos, los llamaron femicidios”, afirmó.

Esta incorporación tenía por objetivo: “Por un lado darle un reconocimiento jurídico específico a estos homicidios que son una expresión extrema de la violencia contra las mujeres (…) y también hacer socialmente visible la connotación política de este fenómeno y su vínculo con una discriminación estructural de las mujeres”, aseguró la oradora.

Piqué distinguió una noción restringida y una noción ampliada de femicidio. Las primeras “ven al femicidio como la muerte dolosa de una mujer en un contexto de intimidad o de vínculo de parejas”. La segunda acepción, enunciada en el protocolo de femicidios de la Organización de las Naciones Unidas, contempla “todas aquellas muertes que se producen por razones de género, pero que incluyen los femicidios íntimos, como también los femicidios no íntimos, por ejemplo, los femicidios sexuales, el femicidio por prostitución, por trata, el lesbofóbico, transfóbico, por mutilación genital femenina”, aclaró.

En nuestro país, en el año 2012, se modificó el artículo 80 del Código Penal, lo que suscitó resistencias jurisprudenciales y doctrinales en torno al femicidio como tipo penal sexuado. Piqué aseguró que “lo que se pretende no es que la vida de mujer vale más que la del varón, tampoco se pretende desproteger a los varones que sufren ataques por parte de las mujeres, sino reflejar este plus de injusto que supone la discriminación y subordinación que las mujeres sufren como grupo y que está implícita en la violencia específica que sufren las mujeres por el hecho de ser mujeres”.

Cecilia Hopp reconoció la pertinencia de la charla en torno al aborto en el marco de la discusión legislativa del proyecto de ley por la despenalización. Más allá de que de que se pueda abordar la problemática desde la perspectiva del derecho penal, la oradora destacó que se trata de un problema de salud pública. “Con el tiempo se pasó a ver la realidad de qué pasa en los países en los que se criminaliza el aborto, en realidad, lo que se ve es un problema de salud pública. El hecho de que se prohíba el aborto, no implica que las mujeres no abortemos, sino que lo vamos a hacer en la clandestinidad. Y eso genera muertes completamente evitables de mujeres y también genera una enorme cantidad de hospitalizaciones”, enfatizó.

En ese sentido, Hopp planteó que “la evolución de esa discusión también llevó a entender que el derecho a la salud es un derecho humano. Pero no es un derecho humano en el vacío, es un derecho humano que impacta diferencialmente en las mujeres, o sea, la salud de las mujeres tiene características específicas, el acceso a la salud de las mujeres tiene dificultades específicas, y que además como siempre se dice, interdependientes de otros derechos”, argumentó y concluyó que “cuando hablamos de aborto, hoy hablamos de derechos sexuales y reproductivos que son derechos humanos, que abarcan el derecho a la salud, pero también el derecho a la autonomía, a la seguridad física, a la vida”.