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Año XII - Edición 220 24 de octubre de 2013

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Debates en torno a la criminalización de la protesta social

  • Notas

El 19 de septiembre se llevó a cabo en el SUM del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales “Ambrosio L. Gioja” una mesa de debate en torno a la criminalización de la protesta social. Las exposiciones estuvieron a cargo de Fernando Muñoz, Universidad Austral de Chile, y Mauro Benente, CONICET-UBA, con los comentarios de Lucas Arrimada.

En primer término, Fernando Muñoz se refirió a la criminalización de la protesta social en Chile. La disertación se basó en tres aspectos: el fundamento constitucional del tratamiento de la protesta en Chile, las iniciativas que el actual gobierno ha presentado en materia de criminalización de la protesta y, finalmente, las acciones simbólicas en el plano del discurso público que el propio Presidente Piñera ha llevado a cabo y que han involucrado una estigmatización y criminalización de la protesta como herramienta de expresión política.

En cuanto a la dimensión constitucional, comentó que en Chile han existido tres textos constitucionales, cada uno como resultado de algún quiebre. De esta manera, realizó un recorrido histórico sobre el tratamiento hecho por las diversas legislaciones constitucionales respecto de este derecho.

En la actualidad, en el contexto de las protestas estudiantiles del año 2011 que han puesto en duda tanto el desempeño del actual gobierno como la estructura legal e institucional de la educación en Chile y el rol de la Constitución, el gobierno ha asimilado las protestas con la destrucción de la propiedad y con la irrupción del orden público.

Mauro Benente trató la respuesta de la academia argentina al fenómeno de la protesta social, marcando algunos déficits conceptuales. En este sentido, explicó que el nivel proveniente de los trabajos de Derecho sobre el tema es muy bajo y en general tienen como foco de reflexión las características de la protesta social de fines de la década de 1990 y principios del año 2000: el corte de rutas protagonizado por organizaciones piqueteras que tienen su emergencia en la segunda mitad de la década de 1990.

Con respecto a las características de la protesta social actual, comentó que existen 4 mil procesados por protestas sociales, pero las condenas son muy pocas y, en general, son por entorpecimiento del transporte público.

Volviendo al ámbito académico, sostuvo que el gran núcleo de autores del Derecho son especialmente hostiles a la protesta e indican que el remedio es la criminalización en nombre de la democracia. “La democracia se reduce al ejercicio de la representación política y todo aquello que vaya más allá del mero ejercicio del sufragio representa un acto sedicioso en los términos del art. 22 de la Constitución que merece ser penado”, sentenció Benente.

Para finalizar, Lucas Arrimada comentó sobre las exposiciones y se dio inicio al debate.