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Año VII - Edición 126 03 de julio de 2008

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Conferencia “La práctica profesional en la República Argentina y el Perú”

  • Notas

Con el objetivo de conocer y compartir experiencias acerca de la problemática relativa a la práctica profesional en Argentina y el Perú, el Departamento de Práctica Profesional de nuestra Facultad organizó el 11 de junio una conferencia titulada “La práctica profesional en la República Argentina y el Perú”. Para exponer fue invitado el Dr. Guido Aguila Grados, Presidente del Capítulo Peruano del Instituto Panamericano de Derecho Procesal.

En primer término, el Dr. Guido Aguila Grados consideró que actualmente la creciente cantidad de abogados en ejercicio en su país no se condice con la calidad de los mismos. En tal sentido, opinó que el origen de la cuestión se remonta a los inicios de la década del noventa, cuando un decreto legislativo abrió la posibilidad de crear universidades a la iniciativa privada. Agregó que aquella medida combinada con el ahogo presupuestario al que se somete a las instituciones públicas, provocó una sobresaturación de la oferta. En consecuencia, sostuvo que el llamado examen de admisión ha ido disminuyendo su exigencia hasta configurar un mero trámite, y que tal descripción es asimilable al resto de la carrera universitaria.

Seguidamente, explicó que, cuando una persona concluye el sexto año de la carrera de Derecho, aunque obtenga el grado académico de bachiller, no puede ejercer la profesión hasta no conseguir el título de abogado. A tal respecto, recordó que, anteriormente, existían dos mecanismos alternativos para obtenerlo: la presentación de una tesis y la defensa de un expediente. “La liberalización ha creado un  tercer medio que no es más que un corto curso a desarrollarse en la misma universidad”, lamentó. Asimismo, deploró el insuficiente grado de exigencia que representa la nueva opción, la cual se configura insusceptible de asegurar la calidad profesional.

Por otra parte, consideró que la situación imperante repercute en la sociedad porque “cuando espera la respuesta de un abogado, encuentra la de un tramitador, cuyo Código es virtualmente todo el lóbulo izquierdo de su cerebro”.

A continuación, se refirió a algunos aspectos formales tradicionales en la tramitación judicial peruana, como el uso de cintas por parte de los jueces y abogados, cuyo color depende, en el caso de los magistrados, de la instancia a la cual pertenezcan. Subrayó, a tal respecto que la no utilización de la cinta impide a los abogados hacer uso de la palabra en las audiencias. Luego, entendió que el constante uso de la palabra “doctor” entre los abogados es una forma de maquillar o disimular sus propias limitaciones.

Hacia el final de su exposición, describió brevemente la estructura del Poder Judicial peruano, el cual se compone de cinco niveles. De esta manera, explicó que los jueces de paz resuelven conflictos menores en pequeños poblados, mientras que los jueces de paz letrados actúan en los llamados distritos. Por su parte, a nivel de las ciudades, se erigen los jueces especializados o mixtos. La instancia de apelaciones, continúo, también es mixta, al igual que el tribunal supremo. Asimismo, resaltó que sólo en Lima y en otras ciudades importantes hay distinción de fueros.

Por último, señaló que la particularidad del Tribunal Constitucional es el carácter vinculante de sus decisiones, lo cual lo transforma en un “cuarto poder, puesto por encima de los otros y sin ninguna posibilidad de ser controlado”.