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Año XXIV - Edición 421 15 de mayo de 2025

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Clase magistral del profesor Javier Junceda Moreno

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El pasado 6 de mayo, en el Auditorio, se llevó a cabo la clase magistral del profesor Javier Junceda Moreno, coordinador del módulo de Derecho Administrativo del Máster Universitario en Abogacía y Procuración de la Universidad de Oviedo, en conjunto con los Ilustres Colegios de Abogados de Oviedo y Gijón. La jornada fue organizada por la Cátedra de Derecho Administrativo del profesor Balbín junto con ambas carreras de posgrado.

Carlos F. Balbín, profesor titular regular de Derecho Administrativo y director de la Carrera de Especialización y la Maestría en Derecho Administrativo y Administración Pública realizó una presentación. Agradeció la presencia del expositor y del público, y realizó una breve pero destacada presentación del invitado. Puso énfasis en su trayectoria académica y profesional, valorando su amplia experiencia en temas vinculados con el derecho administrativo y la legislación comparada en Europa. Luego, cedió la palabra al profesor Junceda Moreno, quien comenzó su disertación con una reflexión sobre el valor del derecho argentino, afirmando que se encuentra a la altura de los sistemas jurídicos del viejo continente, lo que dio lugar a un reconocimiento del nivel jurídico e institucional de nuestro país.

Javier Junceda Moreno centró su clase en lo que denominó un “fenómeno jurídico contemporáneo”: la incontinencia legislativa. Definió este concepto como la producción excesiva, desordenada y a menudo contradictoria de normas por parte del Estado. Citó a Charles Smith, quien había llamado a esta dinámica “legislación motorizada”, y a Ortega y Gasset, quien utilizaba el término “legislación incontinente”. Sobre este último concepto, Junceda profundizó afirmando: “Es cuando el estado se convierte en una ametralladora que dispara leyes”. Esta imagen gráfica le permitió ilustrar con claridad el riesgo que supone un sistema jurídico saturado de regulaciones, muchas veces de difícil comprensión y aplicación.

Uno de los principales problemas que planteó es que esta proliferación normativa no sólo tiene origen en los parlamentos nacionales, sino que también proviene de múltiples niveles de gobierno. En el caso de España, explicó, las comunidades autónomas, los municipios y otras entidades locales también generan un volumen significativo de legislación. Del mismo modo, las organizaciones internacionales, como la Unión Europea, contribuyen a esta complejidad, lo que da lugar a un entramado legal de difícil acceso tanto para los/as ciudadanos/as como para los/as operadores/as jurídicos/as.

Frente a este panorama, propuso una serie de soluciones orientadas a reforzar la seguridad jurídica. En particular, destacó la necesidad de establecer mecanismos de control legislativo que no comprometan el valor de la ley, sino que ayudan a restaurar su claridad, coherencia y previsibilidad. Como expresó durante su exposición: “Si un texto normativo produce confusión o incertidumbre en sus destinatarios, estaríamos entonces ante normas que van en contra de la seguridad jurídica”.

Para abordar esta problemática, destacó el valor del derecho comparado como herramienta útil y eficaz. Hizo referencia al sistema jurídico alemán y su principio de presunción, que sugiere partir del análisis del derecho vigente antes de legislar, de modo tal que la nueva norma se inserte racionalmente en el marco existente. Asimismo, explicó el principio de regulación mínima, el cual se ha extendido en distintos países europeos y busca limitar la producción normativa a lo estrictamente necesario. Esta moderación legislativa, según explicó, también tiene un impacto positivo en la economía, ya que permite a ciudadanos y empresas actuar en contextos más estables y predecibles.

En los tramos finales de su intervención, señaló que la simplificación normativa debe abordarse desde tres dimensiones: la legislativa, la administrativa y la procedimental. Según sus palabras: “Sin estos tres elementos, sería baldío proponer una simplificación de la normativa”. Aclaró también que su postura no responde a un pensamiento libertario ni utópico, sino a una preocupación concreta por el abandono progresivo del valor de la ley en las sociedades democráticas. En este sentido, propuso un regreso a los principios que guiaron a las revoluciones liberales clásicas, donde las leyes se concebían como herramientas fundamentales al servicio del/a ciudadano/a y del interés público.