Facultad de Derecho - Universidad de Buenos Aires

Resoluciones

Expte. Nº 22630/02 A. 29

Buenos Aires, 25 de abril de 2007

VISTO el expediente 22.630/02 y las resoluciones 154/02 y 1859/03, por las cuales el Consejo Superior dispone la creación de una comisión de estudio y un área permanente para la atención de la problemática de las personas con discapacidad, dependiente del Rectorado; y

CONSIDERANDO:
Que durante los años 2005 y 2006, ha venido funcionando de hecho una Comisión de Discapacidad y Universidad Honoraria dentro del ámbito de esta Secretaría de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil.
Que dicha Comisión ha realizado significativos aportes y ha organizado con la Facultad de Derecho de esta Universidad y con la Comisión Interuniversitaria de Discapacidad y Derechos Humanos, un Congreso sobre la temática realizado en junio de 2006, con concurrencia de decanos, docentes, expertos, graduados y estudiantes de más de doce universidades argentinas.
Que resulta oportuno darle una mínima estructura administrativa al área creada, a los efectos de multiplicar sus posibilidades de acción.

Por ello, EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Crear el Programa Discapacidad y Universidad, dentro del ámbito de la Secretaría de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil.

ARTICULO 2º.- El Programa Discapacidad y Universidad estará a cargo de un Coordinador Técnico, quién deberá ser un profesional egresado de la Universidad de Buenos Aires, con
experticia en el tema.

ARTICULO 3º.- El Programa de Discapacidad y Universidad estará integrado asimismo por un Comité Asesor constituido por un representante titular y uno suplente de cada una de las Unidades Académicas de la Universidad de Buenos Aires, incluyendo el Ciclo Básico Común, y por un representante titular y un suplente de los siguientes organismos:
a) La Asociación del Personal de la Universidad de Buenos Aires ( APUBA)
b) La Dirección de Salud y Asistencia Social
c) La Dirección de Obra Social de la Universidad de Buenos Aires


Expte. Nº 22630/02 A. 29

ARTICULO 4º.- Son funciones del Programa Discapacidad y Universidad:
a) Promover estudios que favorezcan la inclusión plena de las personas con discapacidad y proponer medidas para eliminar todas las formas de discriminación de las mismas
b) Trabajar para lograr la plena accesibilidad física, comunicacional, cultural y pedagógica en todos los ámbitos de la universidad.
c) Favorecer la concientización de todos los miembros de la comunidad universitaria, en relación con los derechos y necesidades de las personas con discapacidad y lograr así su plena integración en la vida académica.

ARTICULO 5º.- Desígnase al abogado Juan Seda, docente de la Facultad de Derecho como Coordinador del Programa Discapacidad y Universidad.

ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese y archívese.


RESOLUCIÓN Nº 339


RUBÉN HALLÚ
RECTOR


OSCAR GABRIEL GARCÍA
SECRETARIO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y BIENESTAR ESTUDIANTIL


 

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